Verificación técnica de campo para proyectos en evaluación en materia de impacto y riesgo ambiental



Homoclave:
QROO-SEMA-VD-001

Tipo: Corroboración,

La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo),

¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? Si
Justificación: De conformidad con el artículo 1 de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana unicamente aplica para la Administración Pública Federal. La verificación esta regulada por normatividad estatal.

¿Qué motiva la inspección? Forma parte de un trámite o servicio,

¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No

Objetivo de la inspección
Contar con elementos de primera fuente o directos para la evaluación y, en su caso, esclarecer la información contenida en la manifestación de impacto ambiental, informe preventivo, estudio de riesgo, programa de prevención de accidentes y/o sus anexos.
Palabras clave



Derechos


1. Al iniciar la visita, la persona verificadora deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente, que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden expresa a la que se refiere la fracción I del presente artículo, de la que deberá dejar copia a la persona propietaria, responsable, encargada u ocupante del establecimiento.
2. La persona con quien se entienda la diligencia, será requerida por las personas verificadoras para que nombre a dos personas testigas que intervengan en la diligencia; si estas no son nombradas o las señaladas no aceptan servir como tales, las personas verificadoras las designarán. Las personas testigas podrán ser sustituidas por motivos debidamente justificados en cualquier tiempo, siguiendo las mismas reglas que para su nombramiento.
3. Las personas visitadas, su persona representante legal o su apoderada con quien se haya entendido la verificación, podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos u omisiones contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado dicha acta.


Formato Requerido

1. Formato_202552012751629_U_16402.pdf


2. Formato_202552012739145_U_16402.pdf



Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1 Las personas visitadas, su persona representante legal o su apoderada con quien se haya entendido la verificación, podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos u omisiones contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado dicha acta
Tiempo aproximado: 5 Días
2 Las personas verificadoras harán constar en el acta que al efecto se levante, todas y cada una de las circunstancias, hechos u omisiones que se hayan observado en la diligencia y firmarán el acta.
Tiempo aproximado: 1 Horas
3 La persona con quien se entienda la diligencia, será requerida por las personas verificadoras para que nombre a dos personas testigas que intervengan en la diligencia; si estas no son nombradas o las señaladas no aceptan servir como tales, las personas verificadoras las designarán. Las personas testigas podrán ser sustituidas por motivos debidamente justificados en cualquier tiempo, siguiendo las mismas reglas que para su nombramiento
Tiempo aproximado: 15 Minutos
4 Al iniciar la visita, la persona verificadora deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente, que lo acredite para desempeñar dicha función, así como la orden expresa a la que se refiere la fracción I del presente artículo, de la que deberá dejar copia a la persona propietaria, responsable, encargada u ocupante del establecimiento
Tiempo aproximado: 5 Minutos
5 Las personas verificadoras entregarán la orden a la persona visitada, a su persona representante legal o su apoderada y si no estuvieren presentes, a quien se encuentre en el lugar en el que deba practicarse la diligencia
Tiempo aproximado: 5 Minutos


Ley:
Artículo: 139
Fracción: IV
Ley:
Artículo: 139
Fracción: V
Ley:
Artículo: 140
Fracción:
Ley:
Artículo: 139
Fracción: VI
Ley:
Artículo: 140
Fracción:
Ley:
Artículo: 139
Fracción: VII
Ley:
Artículo: 139
Fracción: V
Ley:
Artículo: 139
Fracción: IV
Ley:
Artículo: 139
Fracción: III
Ley:
Artículo: 34
Fracción: III
Ley:
Artículo: 21
Fracción:
Ley:
Artículo: 21
Fracción:
Ley:
Artículo: 41
Fracción: VI
Ley:
Artículo: 40
Fracción: IX

Marzo 0
Febrero 3
Enero 2
Abril 3
Mayo 8
Junio 2
Julio 8
Agosto 0
Septiembre 0
Octubre 0
Noviembre 0
Diciembre 0

Autoridad responsable de la inspección


1. Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental
1. DIRECCION DE IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL