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QUINTANA ROO
UNIDOS PARA TRANSFORMAR
2022 - 2027
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FICHA DE INFORMACIÓNPortal Ciudadano de Trámites y Servicios
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Dependencia Responsable:
Secretaría de Seguridad Ciudadana
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Unidad Administrativa:
Dirección General Jurídica y Transparencia
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Tipo:
Servicio
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Homoclave:
QROO-SSC-TS-020
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Tipo de trámite o servicio:
Solicitud
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Vía Chat/Línea:
SÍ DISPONIBLE
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| Liga para Consulta en línea (chat): |
Link del trámite para realizarlo en línea:
https://www.plataformadetransparencia.org.mx
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| Artículo: 42 | Fracción: II y V |
| Artículo: 130 y 131 |
| AXEL MIGUEL VELÁZQUEZ SEDAS |
| DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y TRANSPARENCIA |
| direccionjuridicasspqroo2022@gmail.com |
| (983) 106-5983 |
| Dirección General Jurídica y Transparencia |
| Martha Liliana Barrientos Avilés |
| Jefa de Departamento de Análisis Normativo y Transparencia |
| transparencia.sscqroo2023@gmail.com |
| (983) 106-5983 |
| Dirección General Jurídica y Transparencia |
| Artículo: 97 | Fracción: II |
| Artículo: 54 | Párrafo: Sexto |
| Artículo: 131 |
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1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Tu solicitud debe incluir tres cosas:
1. Cómo quieres que te avisen: por ejemplo, tu correo electrónico o domicilio, acudir a la unidad de transparencia o por lista de estrados.
2. Qué información necesitas: explica de manera sencilla los datos, documentos o registros que quieres conocer, incluso si lo que buscas es entender cómo la institución cumple sus funciones y toma decisiones.
3. Cómo prefieres recibirla: puede ser verbal (para orientación), en consulta directa, en copias simples o certificadas, o en formato electrónico.
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| Artículo: 133 |
| Artículo: 137 | Párrafo: Primero |
| Artículo: 137 | Párrafo: Primero |
| Artículo: 141 | Párrafo: Primero |
| 1. | Cuando la información no se encuentre en los archivos de la Institución. |
| 2. | Cuando se considere que la información deba ser clasificada como reservada o confidencial |
| 3. | Cuando la información solicitada que ya se encuentre en posesión de esta Institución implique análisis, estudio o procesamiento de documentos cuya entrega o reproducción sobrepase las capacidades técnicas del Sujeto Obligado para cumplir con la solicitud, en los plazos establecidos para dichos efectos, se podrán poner a disposición de la persona solicitante los documentos en consulta directa, salvo la información clasificada. |
| 4. | Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los Sujetos Obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo a la persona solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar a la persona solicitante el o los Sujetos Obligados competentes. |
| Artículo: 136, 145, 146, 147 y 148 |
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Tipo de Ficta
No aplica
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Tipo de Vigencia
No aplica
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Solicitudes aceptadas
156
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Solicitudes rechazadas
0
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Frecuencia
156
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Información Adicional para realizar el trámite o servicio
La información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples. Las unidades de Transparencia podrán exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a las circunstancias socioeconómicas de la persona solicitante.
En caso de existir costos para obtener la información, deberán cubrirse de manera previa a la entrega y no podrán ser superiores a la suma de: I. El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información; II. El costo de envío, en su caso, y III. El pago de la certificación de los documentos, cuando proceda. Los Sujetos Obligados deberán esforzarse por reducir, al máximo, los costos de entrega de información. Las cuotas de los derechos aplicables deberán establecerse en la Ley de Derechos del Estado de Quintana Roo y homólogas municipales, las cuales se publicarán en los portales de internet de los Sujetos Obligados. En su determinación se deberá considerar que los montos permitan o faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información, asimismo se establecerá la obligación de fijar una cuenta bancaria única y exclusivamente para que la persona solicitante realice el pago íntegro del costo de la información que solicitó. El plazo de respuesta podrá ampliarse excepcionalmente hasta por 10 días más por única ocasión. |
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