1. Comprobante de Pago del trámite. Comprobante que acredita el pago del Trámite de la Inscripción por primera vez o por refrendo.
2. Constancia de estudios. Acreditar un curso de conocimientos relacionados con las características urbanas, ecológicas, de mercado y demás relevantes para el ejercicio de la profesión en el Estado, aprobado por la Comisión e impartido por institución o profesionista que la misma determine, para el caso de quienes deseen obtener su registro como perito valuador en bienes inmuebles;
3. Clave Única de Registro de Población (CURP). Tener número de la Clave Única del Registro de Población (CURP);
4. Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Tener cédula de inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
5. Constancia de residencia. Tener residencia permanente, efectiva y comprobable en el Estado no menor de cinco años anteriores a la fecha de la solicitud;
6. Constancia de experiencia profesional. Tener como mínimo tres años de práctica profesional en la materia de la valuación, inmediatamente anteriores a la
fecha de su solicitud, lo cual será avalado por un perito valuador registrado en el padrón por un periodo mínimo de tres años;
7. Manifestación bajo protesta de decir la verdad. Estar en ejercicio activo de su profesión;
8. Cédula Profesional. Tener cédula de estudios de posgrado en valuación expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
9. Acta de nacimiento. Ser ciudadano mexicano;
10. Escrito libre de solicitud. Solicitud de Inscripción al Registro Estatal de Peritos Valuadores señalando la especialidad; o en caso de ya estar inscrito, escrito libre de Solicitud de refrendo.,