1. Agendar una cita vía telefónica o whatsapp al número 55 89 32 48 27. Recibirá por correo electrónico, la confirmación de la cita, hoja de Pre-registro, formato de pago y tríptico con los requisitos.
2. Hoja de Pre-registro.. Presentarse en la fecha programada con la confirmación de la cita, hoja de Pre-registro formulada con tinta negra
3. Comprobante de Pago del trámite federal. Comprobante de pago del pasaporte original mismo que debe contener nombre completo, CURP ó RFC. Realizado en
los bancos autorizados por el Gobierno Federal
4. Comprobante de pago Estatal Original. Documento que acredita el pago de derechos correspondiente al Gobierno Estatal por brindar el servicio en la localidad, así como el costo del servicio de fotocopiado y fotografía.
5. Presentar pasaporte a renovar. Presentar pasaporte a renovar. El pasaporte servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación
de algún dato personal o cuando los rasgos físicos hayan cambiado. En estos casos, la SRE podrá solicitar una identificación oficial adicional. Sólo en los siguientes casos se deberá acreditar la nacionalidad mexicana e identidad: a) Si el pasaporte fue expedido antes de 1995; b) En caso de robo, pérdida o destrucción; c) En caso de mutilación o por deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado en la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal y llenar la forma correspondiente que se proporciona gratuitamente; En caso de robo, pérdida, o destrucción del pasaporte se deberá adicionalmente, cumplir con lo siguiente: a) Cuando el hecho ocurra en el territorio nacional, se deberá levantar un acta ante la Fiscalía del Estado (Ministerio Público) o autoridad competente y entregarla en original a la SRE, comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las circunstancias en que hubiera ocurrido a través de la forma que es proporcionada de manera gratuita; b) Si el hecho ocurrió en el extranjero, se deberá entregar el acta levantada ante la Oficina Consular o autoridad competente del país. La SRE podrá requerir que el acta esté legalizada o apostillada y traducida al español.
6. Acta de matrimonio. En caso de que se requiera la incorporación del apellido del cónyuge en el apartado correspondiente que se encuentra dentro de la hoja de datos del pasaporte, deberá acreditar su vínculo matrimonial con la copia certificada del acta de
matrimonio mexicana o, en su caso, extranjera debidamente legalizada o apostillada.
7. Clave Única de Registro de Población (CURP). La CURP debe tener la leyenda "CURP certificada: verificada con el registro civil"